Revocan la sentencia apelada que hizo lugar a la acción para mantener la afiliación del actor y su cónyuge en plan médico de salud

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En un recurso de apelación interpuesto por la Obra Social SUPERCO Asociación Civil contra una sentencia del juez de primera instancia que hizo lugar a la acción de amparo presentada por el señor T.A.D., quien solicitó que se restablezca su afiliación y la de su cónyuge M.C.N. en el plan Kofar Rojo del Hospital Alemán por derivación de aportes, en las mismas condiciones que tenían antes de jubilarse. Se desvincula voluntariamente de la empresa Coca Cola FEMSA de Buenos Aires S.A. en 2020 y percibe una importante suma de dinero.

La afiliación a SUPERCO en el plan con el que contaba se mantuvo por el plazo de 3 meses que estipula la ley, es decir, hasta noviembre de 2020.

La demandada alega que el actor inició los trámites jubilatorios en enero de 2021 y que nunca recibió reclamo o carta documento solicitando mantener la afiliación a la obra social. Además, SUPERCO destaca que la cónyuge del actor se encuentra afiliada a PAMI desde el 1º de noviembre de 2018, lo que la excluye del grupo primario del accionante.

La sentencia de primera instancia hizo lugar a la acción y condenó a SUPERCO y al Hospital Alemán a mantener la afiliación del actor y su cónyuge, por derivación de aportes, en el plan Kofar Rojo, de mantenerse el convenio con el Hospital Alemán. Además, dispuso que el costo adicional del plan superador debía ser abonado por el beneficiario en igualdad de condiciones de acceso y trato que el resto de los afiliados. Las costas de la relación procesal actora – SUPERCO fueron impuestas a ésta, y en la relación actora – Hospital Alemán fueron distribuidas por su orden.

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