Accidente de tránsito. Indemnización por daño moral. Dolor
Se modifica el monto por el que prospera la demanda de daños y perjuicios promovida con motivo de un accidente de tránsito protagonizado por las partes.
En la ciudad de San Justo, Provincia de Buenos Aires, a los 3 días del mes de diciembre de dos mil quince, reunidos en la Sala de Acuerdos del Tribunal los señores jueces de la Excelentísima Cámara de Apelación en lo Civil y Comercial, Sala Segunda, del Departamento Judicial La Matanza, doctores Carlos Alberto Vitale, Sebastián Emilio Iglesias Berrondo y Luis Armando Rodríguez, para dictar sentencia en los autos caratulados“TORRE, Oscar Gustavo c/ ASEGURADORA FEDERAL ARGENTINA Y OTRO s/ DAÑOS Y PERJUICIOS”, habiéndose practicado el sorteo pertinente – artículos 168 de la Constitución y 263 del Código Procesal Civil y Comercial, ambos de la Provincia de Buenos Aires -resultó que debía observarse este orden: doctor Rodríguez y doctor Vitale, dejándose constancia que el doctor Iglesias Berrondo no forma parte del presente Acuerdo por cuestiones de salusd (arg. art. 47 ley 5827) ; resolviéndose plantear y votar las siguientes:
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