REQUISITOS PARA LA IMPOSICIÓN DE LIMITACIONES O RESTRICIONES AL EJERCICIO DE DETERMINADOS DERECHOS Y LIBERTADES.
El requisito más importante consiste en que las limitaciones o restricciones deben ser legales; deben ajustarse a la ley. La ley es la garantía de libertad, debe fundarse en la razón y debe ser justa.
1. Respeto a los derechos y libertades de los demás: Constituye una de las limitaciones más importantes básicas. Se deriva de la idea de que el individuo y sus derechos no pueden concebirse en forma aislada. Todas las personas deben comprender que los Derechos Humanos de los demás no son menos dignos que los suyos propios.
2. Moral: Deben respetar los derechos y libertades de los demás y tener en cuenta el código moral generalmente aceptado. Éste código moral está sujeto a transformaciones de acuerdo al lugar o costumbre de cada pueblo. La moral podrá definirse como la relación entre los actos humanos y los principios éticos que los rigen.
3. Orden Público: Podría definirse como el compendio de normas que garantizan la seguridad de una sociedad; o como el conjunto de principios fundamentales en los que se traban los intereses de una sociedad determinada y cuya violación puede entrañar únicamente la ilegalidad parcial de un acto jurídico.
4. Bienestar general: Sólo en la Declaración Universal de Derechos Humanos y en el Pacto Internacional de Derechos Económicos, Sociales y Culturales el bienestar general constituye un motivo para imponer limitaciones al ejercicio de los Derechos Humanos.
5. Seguridad Pública: Conjunto de disposiciones destinadas a garantizar en un país la paz pública, la armonía social y el respeto a las leyes justas y las decisiones u órdenes legislativas de los poderes públicos.
6. Seguridad Social: Se entienden en sentido de medidas adoptadas para proteger a la sociedad contra los actos de individuos que lesionan sus intereses.
7. Seguridad nacional: Paz y estabilidad de la colectividad. Medidas promulgadas con el fin de proteger la integridad territorial y la independencia nacional de cualquier amenaza externa.
8. Salud pública: Protección de la salud o la moral; abarca no sólo la protección en general de la salud de toda una colectividad, sino también protección de cada uno de los individuos que la componen. Bienestar psicológico y físico del individuo.
9. Abuso de un derecho: Es una limitación de los derechos y libertades individuales impuestas por la ley; y por abuso de un derecho se debe entender el ejercicio de un derecho desviándolo de su objetivo, persiguiendo fines contrarios a los intrínsecos a ese derecho. Todo abuso de cualquier derecho debe considerarse ilegal.
10. Sociedad democrática: Forma de gobierno en que el pueblo gobierna, el poder político está en manos de todos y no de uno sólo. Una sociedad democrática es la que respeta los Derechos Humanos y la libertades fundamentales, tales como la libertad de conciencia y la libertad de asociación y el derecho a participar en la vida política a nivel local y nacional mediante elecciones libres que permitan a los ciudadanos elegir periódicamente su propio gobierno.